La SCJN ordena juzgar desapariciones de defensoras con perspectiva de género
El pleno de la Suprema Corte estableció que aplicar la perspectiva de género e interseccionalidad es una obligación constitucional en casos de mujeres defensoras desaparecidas.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que todas las autoridades judiciales del país están obligadas a juzgar los casos de desaparición de mujeres defensoras de derechos humanos bajo un enfoque de género e interseccionalidad. Esta resolución establece que dicha metodología no constituye una opción procesal para los jueces, sino un mandato constitucional indispensable para garantizar el acceso a la justicia y la debida diligencia en investigaciones de alto impacto.
La decisión de la SCJN subraya que las particularidades que rodean la labor de las mujeres defensoras, quienes suelen enfrentar riesgos diferenciados por su activismo, deben ser analizadas de manera integral por las fiscalías y tribunales. Al considerar factores como la identidad, el entorno social y las amenazas específicas vinculadas a su causa, la Corte busca eliminar las barreras institucionales que históricamente han obstaculizado la búsqueda de verdad y justicia en estos procesos.
Con este fallo, el Poder Judicial de la Federación busca estandarizar los criterios aplicados por los jueces de control y tribunales de enjuiciamiento en todo el territorio nacional. La sentencia enfatiza que omitir este análisis representa una violación a los derechos humanos y un obstáculo para la reparación del daño de las víctimas y sus familias, quienes han señalado la necesidad de un acompañamiento especializado por parte de las autoridades.
La determinación del máximo tribunal mexicano también impacta la labor de las fiscalías estatales y de la Fiscalía General de la República (FGR), las cuales deberán ajustar sus protocolos de investigación. Estas instituciones están ahora obligadas a integrar evidencia que demuestre cómo el género y la labor de defensa influyeron en el contexto de la desaparición, evitando así la revictimización y garantizando un proceso exhaustivo.
Finalmente, organizaciones de la sociedad civil han calificado este precedente como un paso necesario para fortalecer la protección de quienes trabajan en la defensa de los derechos humanos en México. Se espera que el alcance de esta resolución obligue a una revisión de las carpetas de investigación vigentes donde aún no se han aplicado los estándares de perspectiva de género dictados por la SCJN.
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